¿Qué significa prodigalidad? Si pensamos en un prodigo, seguro que nos acordamos de las Santas Escrituras y enseguida entendemos que prodigo es una persona que despilfarra su patrimonio, que lo mal gasta. Pues así es, el prodigo existe desde esos tiempo y esta figura ha sobrevivido hasta hoy, gracias al derecho Romano,  pero no con el mismo sentido, pues allí al hijo menor se le perdonada, mientras que en la actualidad no.

Regulación

La figura de prodigalidad no se regula directamente en el Código Civil, sino que se desprende de los artículos 142 y siguientes cuando se menciona la obligación de dar alimentos. Entiende la Ley y los Tribunales que es prodigo aquella persona que mal gasta su patrimonio (sus ganancias) cuando ésta tiene obligación de prestar alimentos a: su conyugue, a sus hijos, a sus padres y en algunos casos a sus hermanos. Esto quiere decir, que si una persona no tiene estas obligaciones (no es necesaria una resolución judicial que lo determine) puede mal gastar sus ganancias como le plazca.

Procedimiento

Cualquier persona que tenga este derecho por Ley, puede iniciar el procedimiento. Si se demuestra que la persona no cumple con sus obligaciones de prestar alimentos (también se entienden otros gastos que se pueden dar en el hogar o en la familia) será declarado (siempre por los Tribunales a través de sentencia firme) prodigo y se le nombrara curador. El curador cuidara de que a los interesados les llegue el cumplimiento de este derecho de alimentos y nada más. Es decir, el prodigo no va a poder administrar esos bienes que irán destinados a los interesados (en la mayoría de los casos es una parte de las rentas que percibe), teniendo la libertad de hacer lo que le plazca con lo restante y disfrutar del resto de sus derechos.

Ejemplo

Hemos considerado que es importante dar este ejemplo por es o será el que mejor se adaptara a las situaciones actuales.

Imagínese a esa madre o ese padre, de dos hijos,  que sufre dependencia de los juegos de azar o de suerte (le gusta el Bingo, las apuestas, maquinitas etc.) y en cuanto percibe su salario, va y lo malgasta todo en unas horas en estos juegos. Al no existir ya el salario, la situación económica de la familia es muy difícil. No es que ya no tienen para comer (los alimentos), si no que no pagan el alquiler y temen llegar a la calle cualquier día, por culpa de los actos de la madre o del padre. ¿Qué hacer? Solicitar por el conyugue, hijos (lo debe hacer alguno de sus progenitores en su nombre), padre o hermanos, a los Juzgados este procedimiento y la declaración de prodigalidad. ¿En qué consistirá la sentencia judicial? En la mayoría de los casos la sentencia calcula cuanto se necesita para cubrir los derechos de los interesados y se nombrara curador para que administre ese dinero para proteger los derechos de los interesados. No hace falta que se haga sobre toda la renta percibida. Puede que el sueldo sea de 2.000 euros y solo se necesiten 1.500 euros para cubrir esos gastos. Los restantes 500 euros estarán en poder del prodigo. No se le va a prohibir al prodigo seguir con sus aficiones. El nombramiento de prodigalidad a una persona supone una incapacidad parcial (no puede administrar esa parte del dinero) y puede cambiar si su situación mejora. El curador solo administrara aquellos derechos que la sentencia judicial que indica, sin tener derecho a interferir en otros asuntos.